PROCESIÓN DE NUESTRA SEÑORA LA VIRGEN DEL CARMEN 2025

El día 19 de julio de 2025 se realizará la Procesión Marítima, con motivo de la festividad de Nuestra Señora la Virgen del Carmen, organizada por el Club Marítimo de Mahón con el apoyo y participación de diversos organismos públicos y privados.

La procesión se iniciará a las 20:00 horas, finalizando aproximadamente sobre las 21:15h. El recorrido de la procesión será el siguiente:

  • Salida de la Estación Naval
  • Cara Norte de la Isla del Rey
  • Isla Plana
  • Lazareto. Invertir rumbo
  • Cales Fonts. 1ª parada: delante de “Sa Punta”
  • Cara Sur de la Isla del Rey. 2ª parada: frente embarcadero Isla del Rey
  • Mahón. 3ª parada: frente a “Ses Voltes”
  • Atraque en la Estación Naval

Para evitar incidentes a lo largo del recorrido, el convoy se formará de la siguiente forma:

 

En caso de producirse algún tipo de accidente (abordaje, colisión, hombre al agua, etc.), y de no resolverse por medios propios, actuarán como unidades de salvamento la embarcación de la Cruz Roja o 112; el resto de embarcaciones se alejará del lugar del siniestro para facilitar la maniobrabilidad de las embarcaciones mencionadas.

Contactar con Autoridad Portuaria de Baleares a través de VHF Canal 72.

Normas generales de seguridad:

Previamente a su participación en una concentración náutica, los patrones de las embarcaciones se asegurarán de que tanto éstas como los equipos y aparatos que se hallen a bordo reúnen las condiciones técnicas adecuadas para la navegación, cumpliendo todos los requisitos que les sean exigibles por la legislación vigente, así como de que las embarcaciones se encuentren cubiertas por las pólizas de seguros o garantía de responsabilidad que exige la normativa vigente.

Para ese día, se establece un Centro de Control del Tráfico Portuario en las instalaciones de la Autoridad Portuaria (tfno. 971.36.30.88).

El punto de evacuación de emergencias se situará en Cala Figuera.

Durante el desarrollo de la concentración náutica, el patrón de cada embarcación participante estará sujeto al cumplimiento de las instrucciones que imparta el coordinador de seguridad y las autoridades marítimas y, en todo caso, deberá cumplir las siguientes obligaciones:

  1. En lo que afecta a la navegación:
    1. Navegar a la velocidad indicada por el coordinador de seguridad y ocupar en todo momento la posición designada por el mismo, manteniéndola a lo largo de todo el evento. Para dictar las normas de coordinación, se utilizará canal 9/72.
    2. Las maniobras de atraque y desatraque del muelle se realizarán de forma paulatina, evitando maniobras simultáneas de las embarcaciones próximas.
    3. Durante la navegación no realizará ningún tipo de maniobra que pueda poner en peligro la seguridad de las personas que se encuentren a bordo, ni de la propia embarcación u otras embarcaciones.
  2. Respecto de las embarcaciones:
    1. No excederán el número máximo de pasajeros que figure autorizado en sus certificados.

Obligaciones de las personas embarcadas.

Con carácter general, las personas embarcadas deberán seguir las instrucciones que impartan los patrones de las embarcaciones, tanto en las operaciones de embarque y desembarque, como una vez que se encuentren a bordo, respetando en todo caso el cumplimiento de las siguientes obligaciones:

  1. No podrán embarcar personas menores de edad ni personas discapacitadas que no puedan valerse por sí mismas, si no van acompañados de una persona mayor de edad responsable de los mismos.
  2. No se podrán arrojar residuos sólidos o líquidos a la mar, debiendo disponerse a bordo de recipientes o bolsas para su recogida y posterior descarga a tierra.
  3. Las personas embarcadas no estarán autorizadas para el lanzamiento de cohetes, petardos u otros ingenios luminosos o explosivos, ni podrán acceder con ellos a las embarcaciones.
  4. No podrán realizar señales pirotécnicas, ópticas o luminosas, ni podrán manipular radiobalizas, ni efectuar ningún tipo de emisión radioeléctrica, salvo en situaciones de emergencia y siempre que esa actividad no pueda realizarse por el patrón o los tripulantes.
  5. Las personas embarcadas no deberán agruparse en una de las bandas de la embarcación, y no interferirán la visibilidad del patrón o las faenas marineras que se desarrollen en la travesía.
  6. Queda prohibido el embarque o estancia a bordo de cualquier persona cuyas facultades se encuentren mermadas o disminuidas por efectos de bebidas alcohólicas o sustancias psicotrópicas de cualquier tipo.
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